el gobernador de Nuevo Leo, Samuel García no tiene la facultad de nombrar su sustituto en caso de ausencia en el cargo por más de 30 días, dada la Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) según el fallo ya publicado.
El Congreso del Estado, por su parte, deberá proceder a la designación con base en los artículos 118 y 122 de la Constitución. El proyecto fue elaborado por el arte. Magistrada Janine Otálora y fue aprobado por unanimidad el miércoles.
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El fallo no requiere que el Legislativo evalúe la propuesta del presidente del estado, quien insistió en dejar la responsabilidad del cargo a Javier Navarro, secretario general de gobierno.
“Las manifestaciones mediante las cuales el peticionario cuestiona el no reconocimiento del nombramiento del Secretario de Gobierno en sustitución de la licencia que se le otorgó son infundadas. En primer lugar, porque la facultad del gobernador de nombrar un jefe de oficina sólo opera cuando su ausencia temporal es inferior a treinta días naturales. “Dado que la licencia solicitada es mayor a ese plazo, el segundo caso sirve para cubrir vacantes en las que corresponde al Congreso local nombrar al gobernador interino”.El explica.
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El fallo fue aprobado el miércoles y fue publicado en sus juzgados digitales este viernes.
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